Según estadísticas de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, los delitos de conducción de vehículo en estado de ebriedad, son alrededor del 60% de la carga procesal de los Juzgados Penales Unipersonales, al respecto los Jueces de los respectivos juzgados, Jorge Pajares Gálvez, Daniel Holguín Morán, German Merino Vigo, dieron a conocer que en las últimas semanas se ha sentenciado a tres acusados con pena privativa de la libertad efectiva de corta duración. La finalidad de la sanción es proteger a la sociedad cajamarquina de este tipo de conductas y además recuperar el principio de autoridad, pues se cree erradamente que incumplir el principio de oportunidad no genera consecuencia alguna.
Los Magistrados mencionaron que la finalidad es trasmitir que los acuerdos que se suscriban con el Ministerio Público deben respetarse y cumplirse (Principio de Oportunidad), buscando restablecer el principio de autoridad y en segundo lugar dar a conocer a la población cajamarquina, que si bien es cierto la pena con la cual se sanciona este tipo de delitos no es elevada, también una pena privativa de libertad efectiva de corta duración irradia un mensaje para todas aquellas personas que ponen en riesgo la seguridad de la población al conducir un vehículo motorizado en estado de ebriedad.
Los Jueces de los Juzgados Penales Unipersonales, concordaron que se viene sentando un precedente cuando de delitos de peligro se trata; hablamos específicamente del delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, porque pese a los esfuerzos que realiza la Policía Nacional y el Ministerio Público, este tipo de delitos se han venido incrementando en Cajamarca, y lo que es peor aún los intervenidos solicitan al representante del Ministerio Público acogerse al principio de oportunidad y no respetan su propio compromiso suscrito con el fiscal a cargo de la investigación.